18·09·22
J. L. Vidal Coy
Muchísimo ha llovido desde que Pepe Beúnza fue el primer objetor de conciencia ‘político’ al servicio militar en España, en 1971. Aquello le costó varios años de cárcel además de otros correctivos que soportó por su inequívoco posicionamiento pacifista en el último franquismo. No fue único, aunque sí muy destacado. De Beúnza, cristiano pacifista seguidor de Lanza del Vasto, derivó el numeroso movimiento de insumisos que se negaron a incorporarse a filas, hasta que en su primera presidencia Aznar suprimió la obligación de que los jóvenes desperdiciaran unos cuantos meses para ser malamente adiestrados en el manejo de las armas de unos ejércitos obsoletos.
Curiosamente, el testimonio vital de Beúnza fue precedido por centenas de otros objetores de conciencia por motivos religiosos que, realidad, fueron los primeros: los jóvenes Testigos de Jehová, anteponiendo su fe religiosa a cualquier otra cosa, se negaban a ir al ejército. Fue una doble transgresión, puesto que al rechazo a la milicia se sumaba el que lo hacían basándose en una religión rechazada por la oficialísima católica, apostólica y romana que era bandera y pilar del nacionalcatolicismo franquista.
Hete aquí que aquellos ‘pioneros’ por motivos religiosos están siendo redivivos por los nuevos objetores de conciencia que, con frecuencia creciente, enarbolan el constitucional derecho a la objeción frente al aborto, la eutanasia o ahora la Píldora del Día Después (PDD) por atribuirle erróneamente la interrupción del embarazo. Así resulta que el último movimiento del Colegio de Farmacéuticos de Murcia pide que la objeción a dispensar la PDD quede regulada en la Ley del Aborto por considerarla una práctica abortiva. Cosa que no es cierta: la PDD de las farmacias es un método anticonceptivo de urgencia, y no un instrumento abortivo como sí lo es la otra píldora que se facilita en los hospitales.
El matiz importa, porque este es otro despliegue argumental protagonizado cada vez que se quiere reformar una ley (la del Aborto, en este caso) por los ‘defensores de la libertad’ que, en realidad, lo que hacen es limitarla en la práctica y procurar exactamente lo contrario: un recorte de derechos… de los demás.
Entroncan así los ultradefensores de la libertad individual con aquella primigenia objeción religiosa de los Testigos de Jehová. Pues es difícil desvincular esas objeciones sanitarias de un cierto aliento religioso, auspiciado por las versiones más retrógradas del catolicismo y por foros y cátedras de Bioética cobijadas en instituciones de concordante orientación integrista. Con el concurso político oportunista de Vox, faltaría más. Se trata, en definitiva, de otra batallita que libran los partidarios de políticas iliberales dentro de su guerra cultural contra «leyes progres que tanto daño causan».
En Murcia encuentran en el sector sanitario un caldo de cultivo apropiado, como enseña el único reporte disponible, de 2017, de la gran proporción de ginecólogos (78%) en hospitales públicos que objetaba practicar abortos. Quizá por esto las estadísticas muestran también la escasísima cantidad de interrupciones de embarazos en la sanidad pública murciana y su derivación casi total a clínicas privadas: quien quita la ocasión, quita el peligro. Muchos sanitarios duermen así tranquilos porque ni siquiera tienen que pronunciarse y solo 19 se han declarado objetores en 2022. Ahí tenemos otra ‘utilidad’ de las derivaciones sanitarias: tranquilizar biempensantes.
La presión crece, pues se pretende que se regule en la reformada ley del Aborto la objeción a la PDD. Como si no fuera suficiente el reconocimiento constitucional general del artículo 16.1 y el registro de sanitarios objetores, según la opinión de la parte socialista del Gobierno. Aunque tampoco en esto la sintonía es total con la parte de UP, favorable a la regulación específica siempre y cuando se garantice que las mujeres puedan abortar en hospitales públicos. Cosa esta que no parece que esté ocurriendo en varias Comunidades Autónomas. Entre ellas, Murcia.